Se ve reflejada con dos principios, que es el respeto por la autonomía de los individuos y por la compasión hacia los enfermos sin esperanza de recuperación y con grandes sufrimientos. Estos dos principios son la base para tomar una decisión con respecto a la eutanasia, distinguiéndose la eutanasia voluntaria y la involuntaria, dándose esta primera en los casos en que la opción de eutanasia es tomada por la persona afectada, de forma consiente; y la segunda es cuando la decisión es tomada por otros, al no poder manifestarse la persona afectada.
Derecho a la vida:
Toda persona, como ser natural tiene el derecho a elegir la vida que cada cual desea llevar, a escoger los valores que le darán sentido, al esfuerzo por desarrollarse en la búsqueda de tales valores, a vivir la vida escogida e, incluso, al derecho a morir por esos valores. El derecho a hacer la vida, como derecho de libertad y autonomía, es lo que le da al humano su dignidad intrínseca.
Principios
éticos
tradicionales, como lo es el principio de la santidad de la vida, de que ha de
respetarse toda vida humana, sea cual sea su condición, situación, etc. y que no se debe provocar nunca
intencionadamente la muerte de un ser humano.
Cuando
hablamos del derecho del paciente de morir dignamente, hablamos de una muerte digna, el hecho y el derecho a finalizar la vida voluntariamente sin sufrimiento, propio o ajeno, cuando la ciencia médica nada puede hacer para la curación de una enfermedad mortal.
La
muerte indigna es más una vida prolongada de forma cruel a través de medios
artificiales, escapando la vida lentamente y
creando un apego puramente físico a
la familia. Al tener el derecho de vivir con dignidad también tenemos el
derecho de morir con dignidad.
Principios Bioéticos Implicados
vPrincipio
de No-Maleficencia: Se
refiere a que debe evitarse realizar daño físico,
psíquico o moral a las personas, debiendo evitarse las intervenciones
diagnósticas o terapéuticas incorrectas o contraindicadas
desde
el punto de vista científico-técnico y clínico.
vEl
Principio de Beneficencia: Debe promocionarse el bienestar de las
personas, procurando que realicen su propio proyecto de vida y felicidad en la
medida de lo posible.
vEl Principio
de Justicia:
El cual,
debe
procurarse un reparto equitativo de los beneficios y las cargas, es decir,
facilitando un acceso no discriminatorio, adecuado y suficiente de las personas
a los recursos disponibles, y un uso eficiente de los mismos.
vEl Principio de Autonomía:
Debe
respetarse que las personas gestionen su propia vida, y tomen sus decisiones
individuales respecto a su salud y su enfermedad, siendo esta favorable o no
para ellos.
Eutanasia en chile
En el
Congreso Nacional existe un proyecto de
ley que concede
los siguientes derechos:
Otorgar
o denegar su voluntad para un tratamiento.
Derecho
del enfermo terminal.
Artículo
393 del Código Penal:
Se
excluye el suicidio asistido.
Se
excluye eutanasia, en especial la activa
Eutanasia legalizada
Holanda, Bélgica, Luxemburgo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario