7 de junio de 2012

Derecho Humanos Universales


Los derechos Humanos son aquellos de los que es titular el hombre, no por graciosa concesión de las normas positivas, sino y por el mero hecho de ser hombre...Se trata de aquellos atributos vinculados directamente a la dignidad humana y que son condición para la satisfacción de las necesidades inherentes a una vida digna. Esta visión podría sintetizarse, entonces, en la idea de derechos fundamentales como derechos que pueden considerarse naturales o innatos, tienen un carácter primario o básico; su carácter fundamental alude a su importancia o trascendencia para el desarrollo de la persona”.
Lo primero que debemos decir es que la idea de derechos humanos y de su
reconocimiento universal, tal y como lo entendemos ahora, es relativamente
reciente.
Pues bien, en occidente dentro de los primeros antecedentes de lo que hoy
conocemos por derechos humanos, los encontramos en la Carta Magna Inglesa de
12152 no se debe pensar que estos instrumentos contenían declaraciones de
derechos en forma similar a las que contienen las modernas declaraciones de
derechos humanos, pues se trataba de documentos que favorecían solamente a
determinados sectores de la población. En otras palabras, eran derechos no de
todo el pueblo sino que solamente de los nobles, sin embargo, la importancia de
este tipo de actos radica en la idea de limitación al poder real. El rey, a pesar de su
inmenso poder no puede hacer lo quiera, hay ciertos derechos de algunos de sus
súbditos que debe respetar.
A partir de estas primeras grandes declaraciones de derechos del hombre, se comienza a
vivir un fenómeno de constitucionalización de los derechos humanos. En otras palabras,
las constituciones de los diferentes países comienzan a incorporar estos derechos en sus
textos.
 Los primeros derechos humanos que se comienza a reconocer a todos los hombres
“aparecen primero limitados a proteger  la vida e integridad física y psíquica de la persona,
la libertad y la seguridad, constituyendo la primera generación de derechos, la que
incluye también los derechos de los ciudadanos a participar en la vida pública”4. Son los
llamados derechos de Primera Generación.
 Posteriormente, durante las primeras décadas del siglo XX aparecen los derechos de
Segunda Generación. Son aquellos que permiten al hombre reclamar del Estado una serie
de prestaciones sociales con el objeto de reducir las diferencias económicas, sociales y
culturales existentes.
Dentro de las primeras constituciones que consagran este tipo de derechos humanos
encontramos la Constitución Mexicana de 1917 y la Alemana de 1919.
Una verdadera revolución en la concepción de los derecho ocurrió al término de la Segunda Guerra Mundial, donde se comprobó la violación desde el poder estatal de gran manera  a  los derechos de las personas, lo que hiso tomar conciencia de la necesidad de  la
exigencia de respetar, asegurar y proteger  de los derechos humanos debía superar
el plano estatal, ya que tales derechos son inherentes a la dignidad del ser humano.
Declaración universal de derechos humanos, 1948.
 Establece un amplio catálogo de derechos de los cuales se pretende su reconocimiento
internacional. A los clásicos derechos y libertades civiles y políticos (p. ej.: libertad
personal, religiosa, de opinión, igualdad ante la ley, derecho de propiedad, a elegir y ser
elegido, derecho de reunión, etc.), se agregan nuevos derechos económicos, sociales y
culturales (a vacaciones periódicas pagadas, de alimentación, vestido, vivienda, asistencia
médica y servicios sociales necesarios, a la educación gratuita, a tomar parte libremente
en la vida cultural de una comunidad, a gozar de las artes, a participar en el progreso
científico y de sus beneficios).


Derechos Humanos:

Artículo 1
Dice básicamente que todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derecho y que debemos comportarnos fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
Toda persona tiene derechos, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, posición económica, opinión política  o cualquier otra índole.

Artículo 3
Todos tenemos derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de nosotros mismos.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos somos iguales ante la ley y tenemos sin distinción, derecho a igual protección por parte de ella.

 Artículo 8
Todos tenemos derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que nos ampare contra actos que violen nuestros derechos fundamentales reconocidos por la constitución.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Todos tienes derechos, en igualdad, a ser oída por un tribunal imparcial y justo para determinar sus derechos y obligaciones o ante cualquier acusación en lo penal

Artículo 11
1) todos tienen el derecho de ser inocentes hasta que se pruebe lo contrario y previamente le hayan dado las garantías para su defensa
 2) nadie será condenado por actos que en el momento de cometerse no fueron delictivos. Tampoco se impondrá la pena mas grave en el mismo momento

Artículo 12
Todos tienes derecho a protección ante injerencias arbitrarias de su vida privada, familia, domicilio o correspondencia

Artículo 13
1) todos tienen derecho a circular y elegir su residencia dentro del estado
2) todos tienen derecho a entrar y salir de cualquier país, incluyendo el suyo

Artículo 14
1) todos tienen derecho a refugiarse en cualquier país si alguien lo persigue
2) si tienen una acción judicial (por delitos comunes o actos opuestos a la ONU), este derecho no podrá ser invocado

Artículo 15
1) todos tienen derecho a una nacionalidad
2) a nadie se le privara de una o el derecho de cambiarse de la misma

Artículo 16
1) hombres y mujeres desde que ha alcanzado la madurez sexual y puede tener hijos, sin discriminaciones, puede casarse y formar una familia y tendrán los mismos derechos, antes, durante y si se acaba el matrimonio.
2) el matrimonio tiene que tener el consentimiento de los futuros esposos
3) la familia tiene derecho de protección por la sociedad y por el estado por ser el elemento natural y fundamental de la sociedad

Artículo 17
1) todos tienen derecho a propiedad
2) nadie será privado de su propiedad arbitrariamente

Artículo 18
Todos tienen derecho a la libertad de culto y de pensamiento, esto involucra, cambiar de religión, y la libertad de manifestarla tanto públicamente como privado, enseñando, por culto y la observación.

Artículo 19
Todos tienen derecho a la libertad de opinión y expresión, habla de no discriminar frente a opiniones y el de recibir informaciones y opiniones y difundirlas sin problemas

Artículo 20
1) Todos tienen derecho a la libertad de reuniones y asociación pacifica          
2) nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación

Artículo 21
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos a través de elecciones periódicas

Artículo 22
Todos tienen derecho de acceso a las funciones públicas de su país

Artículo 23
Todos tienen derecho al trabajo y a la libre elección de este. Que se nos paguen salario, que sea  equitativo y satisfactorio, que  asegure una existencia conforme a la dignidad humana.

Artículo 24 
Todos tenemos derecho al descanso, disfrutar el tiempo libre,

Artículo 25
Derecho a un nivel de vida adecuado que asegure el bienestar tanto personal como familiar.

Artículo 26
También tenemos derecho a la educación. La educación debe ser gratuita al menos la instrucción elemental y fundamental que a su vez son obligatorias.
La educación tiene por objeto el desarrollo de nuestra personalidad y a su vez fortalecer la comprensión y amistad entre las naciones.
Los padres tienen derecho a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos

Artículo 27
Toda persona tiene derecho a formar parte de la vida cultural de la comunidad libremente.

Artículo 28
Todos tenemos derecho  a que se establezca un orden social e internacional donde los derechos y libertados que hemos mencionado se hagan efectivos.


Relación entre los Derechos Humanos y la labor que realiza un fonoaudiólogo:

1- El fonoaudiólogo es un profesional que se encarga de evaluar, diagnosticar e intervenir a pacientes que tienen trastornos de comunicación por lo que está en constante interacción con seres humanos que son iguales a el y que merecen respeto. Que merecen ser tratados bien independientemente de sus recursos económicos, religión, tiene que comprender a las demás desde dentro para así compartir sus emociones y sentimientos. Tiene que ser un amante de la vida en sociedad, tiene que tener una mentalidad que este siempre al servicio de los demás y usar toda su creatividad.

2- Todas las personan tenemos autonomía que es expresada a través de la libertad, con el derecho a elegir lo que nos conviene y hacernos responsables de nuestras elecciones; por lo tanto, nosotros como profesionales de la salud
no podemos obligar a un paciente a hacer lo que le decimos, tenemos que respetar la decisión de él.

3- Por ultimo recordar que tanto nosotros como futuros fonoaudiólogos y otros profesionales también tenemos derechos al igual que los pacientes, y debemos exigir que ese cumplan, tenemos el derecho de ser respetados y también exigidos en nuestro deber. Nunca nos olvidemos porque estamos cursando esta carrera y espero que nadie les quite las ganas de hacerlo… pero como ya saben, es su decisión hacerlo.


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